Gestación por sustitución: formar una familia es un derecho

En Córdoba la 6ta Cámara del Juzgado de Familia autorizó a una pareja la posibilidad de concebir a su hijo mediante la gestación por sustitución.

De acuerdo con el fallo se acreditó la incapacidad física de la esposa para sobrellevar el proceso y que la decisión fue tomada por todos los involucrados luego de un proceso de reflexión.

La gestación por sustitución fue habilitada con la condición de que se realice un acompañamiento terapéutico durante la gestación y el nacimiento.

En lo que respecta al artículo 562 del Código Civil y Comercial no corresponde declararlo inconstitucional, sino inaplicable al caso concreto.

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